Capacidad de contenedores

Contenedor de 20 pies estandar

Peso:

 

Max. bruto

52910 lbs = 24000 kg

Tara

4585 lbs = 2080 kg

Max. contenido

48325 lbs = 21920 kg

Volumen:

1197.25 cu. ft. = 33.9 cub. m

Tamaño:

Largo

Ancho

Alto

Exterior

20' = 6096 mm

7' 9.25" = 2370 mm

8'6" = 2591 mm

Interior

19' 5.75" = 5935 mm

7' 8" = 2335 mm

7' 9.75" = 2383 mm

Puertas

 

7' 8" = 2335 mm

7' 6.25" = 2292 mm

Contenedor de 40 pies estandar

Peso:

 

Max. bruto

67200 lbs = 30480 kg

Tara

8600 lbs = 3900 kg

Max. contenido

58600 lbs = 26580 kg

Volumen:

2392 cu. ft. = 67.7 cub. m

Tamaño:

Largo

Ancho

Alto

Exterior

40' = 12192 mm

8' = 2438 mm

8' 6" = 2591 mm

Interior

39' 5.25"= 12022 mm

7' 5.625" = 2352 mm

7' 10.25" = 2395 mm

Puertas

 

7' 8.25" = 2343 mm

7' 5.75" = 2280 mm

 

Medidas de Contenedores

Dimensiones internas 
(en metros)

Aberturas de puertas 
(en metros)

Capacidades 
maximas

largo

ancho

alto

ancho

alto

peso (kg.)

volumen (m3)

20' standard (SD)

5.90

2.34

2.39

2.33

2.28

18.300

33

20' superventilado(SPV)

5.90

2.34

2.39

2.33

2.28

21.750

33

20' standardReforzado

5.90

2.34

2.39

2.33

2.28

21.750

33

20' openTop(OT)

5.90

2.34

*2.35

2.31

2.22

18.270

32

20' openTop reforzado

5.90

2.34

*2.35

2.31

2.22

21.750

32

20' refrigerado(RF) 8'6''

5.44

2.28

**2.10

3.28

2.26

21.800

27

20' refrigerado(RF) 8'

5.38

2.25

**1.97

2.34

2.15

17.600

25

20' insulado(INS) 8'6''

5.77

2.28

**2.10

2.28

2.23

21.300

28

20' insulado(INS) 8'

5.77

2.28

**1.97

2.28

2.23

17.600

25

40' standard(SD)

12.03

2.34

2.39

2.33

2.28

26.480

67

40' highCube (HC) 9'6''

12.03

2.34

2.73

2.33

2.62

25.930

76

40' openTop (OT)

12.03

2.34

*2.35

2.28

2.22

26.630

64

40' refrigerado (RF)

11.57

2.28

**2.10

2.28

2.26

26.080

57

Conversión de Medidas

CAPACIDAD

PARA CONVERTIR

EN

MULTIPLICAR POR

Litro

Onzas (LS)

33.8147

LS galones

Litros

3.7853

 

LONGITUD

PARA CONVERTIR

EN

MULTIPLICAR POR

Centimetros

Pulgadas

0.3937

Centimetros

Metros

0.01

Centimetros

Milimetros

10

Metro

Centimetros

100

Metro

Pie

3.2808

Metro

Pulgada

39.37

Metro

Yarda

1.093613

Metro

Pie

35.31

Metro

Pulgada

61023,3779

Milimetro

Centimetros

0.1

Milimetro

Pulgada

0.0394

Millas

Yardas

1760

Millas

Pies

5280

Millas

Metros

1609.344

Millas

Kilmetros

1.609344

Onza (US)

Milimetros

29.5729

Pie

Centimetros

30.48

Pie

Metros

0.3048

Pie

Pulgadas

12

Pulgada

Centimetros

2.54

Yardas

Pie

3

Yardas

Metros

0.9144

PESO

PARA CONVERTIR

EN

MULTIPLICAR POR

Gramo

Ounces (avoirdupois)

0.353

Kilogramos

Libras

2.2046

Kilogramos por centimetro

Libras por pulgada

14.2234

Libras

Onzas

16

Libras

Gramos

453.5924

Libras

Kilos

0.4536

Libras por pulgada

Kilogramo x centimetro

0.0703

Tonelada larga

Kilogramos

1016

Tonelada larga

Libras

2240

Tonelada larga

Ton. corta

1.12

Tonelada metrica

Kilogramos

1000

Tonelada metrica

Libras

2205

Tonelada corta

Libras

2000

Tonelada corta

Kilogramos

907.1849

Tonelada corta

Ton. larga

0.8929

Tonelada corta

Ton. metrica

0.9072

 

VOLUMEN

PARA CONVERTIR

EN

MULTIPLICAR POR

Pie

Centimetro

28320

Pie

Pulgada

1728

Pie

Litros

28.32

Pulgada

Centimetro

16.38706

Pulgada

Onzas (LS)

0.5541

Términos Comerciales Internacionales 

INCOTERMS 2000 
INCOTERMS 2000 es un estándar internacional de términos comerciales, desarrollado, mantenido y promovido por la Comisión de Derecho y Práctica Mercantil de la Cámara de Comercio Internacional (CLP-ICC).


EXWFCAFOBFASCFRCIFCPTCIPDAFDESDEQDDUDDP


Estos trece términos estandarizados facilitan el comercio internacional al permitir que agentes de diversos países se entiendan entre sí. Son términos usados habitualmente en los contratos internacionales y  cuya definición está protegida por copyright de ICC. 
En esta página se ofrece una definición básica de su significado. Para su correcto uso es necesario conocer y comprender los derechos y obligaciones que confieren a los compradores y vendedores, lo que no se explicita en esta página. Esa información puede obtenerse de ICC www.iccwbo.org.

EXW 

(Ex-works, ex-factory, ex-warehouse, ex-mill.)
El vendedor ha cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería en su fábrica, taller, etc. a disposición del comprador. No es responsable ni de cargar la mercadería en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del vendedor hasta su destino final.

FCA 

(Free carrier - Franco Transportista - libre transportista)
El vendedor cumple con su obligación al poner la mercadería en el lugar fijado, a cargo del transportista, luego de su despacho de aduana para la exportación. Si el comprador no ha fijado ningún punto específico, el vendedor puede elegir dentro de la zona estipulada el punto donde el transportista se hará cargo de la mercadería. Este término puede usarse con cualquier modo de transporte, incluído el multimodal.

FOB 

(Free on Board - Libre a bordo) 
Va seguido del puerto de embarque, ej. FOB Algeciras. Significa que la mercadería es puesta a bordo del barco con todos los gastos, derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta que la mercadería haya pasado la borda del barco, con el flete excluído. Exige que el vendedor despache la mercadería de exportación. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.

FAS 

(Free alongside ship - Libre al costado del buque)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la mercadería se entiende puesta a lo largo (costado) del navío en el puerto convenido, sobre el muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo del vendedor. El comprador debe despachar la mercadería en aduana. Este término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores.

CFR 

(Cost & Freight - Costo y Flete) 
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino. El precio comprende la mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro no cubierto. El vendedor debe despachar la mercadería en Aduana y solamente puede usarse en el caso de transporte por mar o vías navegables interiores.

CIF 

(Cost, Insurance & Freight - Costo, Seguro y Flete)
La abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro cubierto. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente. El vendedor sólo está obligado a conseguir un seguro con cobertura mínima. 

CPT 

(Carriage paid to -Transporte Pagado Hasta)
El vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino mencionado. El riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería ha sido entregada al transportista. El vendedor debe despachar la mercadería para su exportación.

CIP 

(Carriage and Insurance Paid to - Transporte y Seguro pagados hasta) 
El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, pero además debe conseguir un seguro a su cargo.

DAF 

(Delivered at Frontier - Entregado en frontera) 
El vendedor cumple con su obligación cuando entrega la mercadería, despachada en aduana, en el lugar convenido de la frontera pero antes de la aduana fronteriza del país colindante. Es fundamental indicar con precisión el punto de la frontera correspondiente.

DES 

(Delivered ex Ship - Entregada sobre buque) 
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador a bordo del buque en el puerto de destino, sin despacharla en aduana para la importación.
DEQ 

[Delivered ex Quay (Duty Paid) - Entregada en muelle (derechos pagados)] 
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despacha-da en aduana para la importación.
DDU 

(Delivered Duty Unpaid - Entregada derechos no pagados)
El vendedor cumple con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio (excluídos derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras.
DDP 

(Delivered Duty Paid - Entregada derechos pagados) 
El vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los derechos, impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar convenido.